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Los hechos del día revelaron que El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales tomó acción contra dos construcciones irregulares que se habían asentado parcialmente dentro de la zona de protección del río Maimón, situada en el municipio de Juan Adrián, provincia Monseñor Nouel.
Asimismo, La medida se adoptó tras constatar, mediante inspecciones técnicas, la ejecución y continuidad de obras dentro del área destinada a salvaguardar las corrientes fluviales. La operación fue llevada a cabo por la Dirección de Fiscalización Ambiental, contando con el apoyo operativo del Servicio Nacional de Protección Ambiental (SENPA), en el marco del seguimiento a denuncias y revisiones efectuadas en la zona. La defensa de márgenes y cuerpos de agua está contemplada en la normativa dominicana desde hace décadas, incluso antes de la promulgación de la Ley 64‑00, y ha sido reforzada por la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales. Respecto a los ríos, el artículo 129 de la Ley 64‑00 establece una franja de protección obligatoria de 30 metros en ambas riberas, con el objetivo de evitar intervenciones que comprometan su integridad y funcionamiento natural.
Las fuentes consultadas aseguró que el levantamiento técnico determinó que tres de los seis vértices del edificio se hallaban dentro del límite de los 30 metros. El mismo expediente indica que las obras fueron suspendidas en varias ocasiones por autoridades ambientales, reanudadas posteriormente, y que se registraron intervenciones desde agosto de 2025, con nuevas paralizaciones en 2026, antes de la acción llevada a cabo esta semana. En el segundo hallazgo, los técnicos identificaron otra construcción irregular en proceso, también afectando la zona de protección del río.
En el mismo contexto, Las franjas de protección de los ríos cumplen una función esencial tanto ambiental como de seguridad: preservan las riberas, evitan alteraciones del cauce y garantizan espacios necesarios para la dinámica natural de los flujos, especialmente durante crecidas e inundaciones. La Ley 64‑00 faculta al Ministerio para ejercer vigilancia, monitoreo e inspección, y para dictar las acciones correctivas que correspondan. El organismo ha manifestado que continuará intensificando sus labores de fiscalización y seguimiento en todo el país, con el fin de prevenir intervenciones que pongan en riesgo los ríos y demás cuerpos de agua y de asegurar el cumplimiento de las disposiciones ambientales vigentes.
Se esperan nuevos desarrollos en torno a este tema.
