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JCE suspende prohibición de publicar encuestas fuera de campaña electoral

by maria_lopez
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El pleno de la Junta Central Electoral decidió, de forma provisional, anular el artículo que había sido impugnado, a la espera de que el poder judicial emita su pronunciamiento.

Con esta decisión, la entidad electoral suspendió temporalmente la disposición de su propio reglamento que prohibía la difusión de sondeos electorales fuera de los intervalos de precampaña y campaña, reavivando el debate sobre la regulación de los estudios de opinión y la libertad informativa en el escenario político dominicano.

La resolución se adoptó durante la Sesión Administrativa Ordinaria No. 07‑2026, llevada a cabo el 20 de agosto, contando con el voto favorable del presidente Román Andrés Jáquez Liranzo y de los integrantes titulares Dolores Altagracia Fernández Sánchez y Samir Rafael Chami Isa; los votos en contra fueron emitidos por Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises.

El inciso que quedó en suspenso corresponde al artículo décimo‑tercero del Punto 27‑Pleno No. 07‑2026‑Certificación‑Reglamento firmas encuestador.pdf, el cual prohibía la publicación de encuestas con fines electorales antes del inicio de la precampaña y establecía sanciones para las firmas encuestadoras que infringieran la norma, entre ellas la suspensión temporal del registro, la cancelación definitiva por reincidencia y otras medidas administrativas.

Según aclaró la JCE, la suspensión es provisional, temporal y excepcional, y su finalidad es garantizar la seguridad jurídica mientras se resuelve el pronunciamiento judicial sobre las impugnaciones presentadas contra esa disposición; además, subrayó que la medida no implica una admisión de ilegalidad o inconstitucionalidad del artículo.

El origen del conflicto se remonta a un recurso interpuesto por la organización Justicia Sin Fronteras, que cuestionó la validez del precepto; posteriormente, el Tribunal Superior Electoral se declaró incompetente para conocer el caso, al considerar que la cuestión constituye un asunto de control constitucional que corresponde al Tribunal Constitucional.

La resolución también ordenó la paralización de los procesos sancionadores iniciados bajo la norma ahora suspendida, incluyendo los expedientes contra las empresas ACD Media, S.R.L. y Centro Económico del Cibao, S.R.L., acusadas de publicar encuestas fuera de los periodos autorizados por el reglamento.

Los miembros que se opusieron, Hirayda Marcelle Fernández Guzmán y Rafael Armando Vallejo Santelises, argumentaron que la JCE no tiene competencia para suspender de oficio una norma reglamentaria cuya constitucionalidad está bajo revisión judicial, y que tal decisión debería ser tomada por la jurisdicción competente o mediante una modificación formal del reglamento.

A pesar de que el artículo impugnado quedó suspendido, la JCE precisó que el resto del reglamento relativo al registro de firmas encuestadoras y a la publicación de encuestas electorales sigue vigente y plenamente aplicable en todos sus demás aspectos.

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