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USCIS emite guías sobre cómo hacer determinaciones de inadmisibilidad por motivos de carga pública

by maria_lopez
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La situación tomó un nuevo giro cuando Washington – El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.

Conviene recordar que (USCIS) ha publicado nuevas instrucciones dentro de su Manual de Políticas, en las que se detalla el procedimiento que seguirá la agencia para valorar si un extranjero que busca el ajuste de estatus a residente permanente legal podría llegar a ser una carga pública en algún momento. El 16 de julio de 2026 el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) comunicó la aprobación de una regla final que elimina las disposiciones de inadmisibilidad por carga pública adoptadas en 2022 bajo la administración del expresidente Joe Biden. Dicha regla quedó formalmente registrada en el Registro Federal el 20 de julio de 2026 y su vigencia comenzó el 18 de septiembre de 2026. Las nuevas guías buscan alinearse con la intención del Congreso de que los inmigrantes en territorio estadounidense sean autosuficientes y no dependan de prestaciones financiadas por los contribuyentes. En estas instrucciones se especifica qué grupos de extranjeros están sujetos a la causal de inadmisibilidad por carga pública y cuáles el Congreso ha exceptuado. Asimismo, se describen los conceptos esenciales, los factores que deben ponderarse al hacer la evaluación y la evidencia que será tomada en cuenta, además de detallar el proceso de fianzas por concepto de carga pública.

Las fuentes consultadas acotó que ‑ Presentadores internacionales ‑ Diplomáticos o funcionarios de alto rango que no pueden regresar a su país de origen (Sección 13 de la Ley del 11 de septiembre de 1957) ‑ Inmigrantes con visas de diversidad ‑ Ciertos entrantes antes del 1 de enero de 1982 ‑ Testigos o informantes extranjeros ‑ Inmigrantes amerasiáticos al momento de la admisión ‑ Intérpretes afganos e iraquíes o nacionales afganos e iraquíes empleados por o en nombre del gobierno de EE. ‑ Participantes cubanos y haitianos en ajuste de estatus bajo la sección 202 de la Ley de Reforma y Control de Inmigración de 1986 ‑ Solicitantes que buscan ajuste bajo la Ley de Ajuste Cubano ‑ Nicaragüenses y otros centroamericanos que están ajustando estatus al de residente permanente legal ‑ Haitianos que están ajustando estatus bajo la Ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Haitianos de 1998 ‑ Personas con permiso de permanencia temporal Lautenberg ‑ Jóvenes inmigrantes especiales ‑ Solicitantes que buscan Estatus de Protección Temporal ‑ Ciertos embajadores, ministros, diplomáticos y otros funcionarios de gobiernos extranjeros no inmigrantes, y sus familias ‑ Víctimas de trata humana (no inmigrantes T) ‑ Víctimas de actividad criminal cualificada (no inmigrantes U) ‑ Autopeticionarios bajo la Ley de Violencia Contra la Mujer ‑ Ciertos extranjeros maltratados que son «extranjeros cualificados» bajo la Ley de Responsabilidad Personal y Reconciliación de Oportunidades de Trabajo de 1996 ‑ Solicitantes que ajustan estatus que califican para un beneficio como cónyuges, hijos o padres sobrevivientes de miembros de las fuerzas armadas ‑ Indígenas estadounidenses nacidos en Canadá que no son ciudadanos estadounidenses ‑ Ciertos miembros de la Banda de Texas de Indígenas Kickapoo de la Tribu Kickapoo de Oklahoma ‑ Nacionales de Vietnam, Camboya y Laos que solicitan bajo la Ley de Asignaciones para Operaciones Extranjeras, Financiamiento de Exportaciones y Programas Relacionados de 2001 ‑ Personas polacas y húngaras con permiso de permanencia temporal ‑ Ciertos nacionales sirios ‑ Solicitantes que ajustan bajo la ley de Equidad de Inmigración de Refugiados Liberianos Categorías exentas de carga pública ‑ Cónyuges, hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijos ‑ Hijos e hijas casados(as) de ciudadanos estadounidenses y sus cónyuges e hijos ‑ Hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses y sus hijos ‑ Hijos e hijas casados(as) de residentes permanentes legales y sus cónyuges e hijos ‑ … (continúan las demás exenciones según la guía). Procedimiento para determinar la inadmisibilidad por carga pública Si bien la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) no brinda una definición precisa de “carga pública” ni de “probable que en cualquier momento se convierta en una carga pública”, el Congreso obligó a los oficiales de USCIS a sopesar cinco factores estatutarios: edad, estado de salud, situación familiar, bienes, recursos y condición financiera, y nivel educativo y habilidades.

Por otra parte, Fianzas por concepto de carga pública Cuando un funcionario de USCIS concluya que un extranjero es inadmisible exclusivamente porque es probable que se convierta en una carga pública, podrá solicitar al interesado que aporte una fianza por dicho concepto. Esa garantía financiera, que puede ser pagada en efectivo o mediante depósito, sirve como aval de que el solicitante no recaerá en dependencia de recursos públicos. Si el inmigrante entrega la fianza siguiendo las instrucciones del formulario y la notificación del oficial, USCIS tiene la facultad de aprobar la solicitud de ajuste de estatus, permitiendo al individuo obtener la residencia permanente legal y permanecer en EE.

Los próximos días definirán el alcance real de esta situación.

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