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Abogado dice Magín Díaz y el director de Jubilaciones y Pensiones podrían ir a la cárcel

by maria_lopez
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SANTO DOMINGO, República Dominicana, 1 de octubre de 2026. —

Según declaró el abogado Oliver Moisés Batía Burgos, del Centro Jurídico e Inversiones Batía Ramos, el titular del Ministerio de Hacienda y Economía y el jefe de la Dirección General de Jubilaciones y Pensiones del Estado podrían enfrentar procesos judiciales por presunto incumplimiento de sentencias que obligan a reajustar pensiones y a pagar los diferenciales retroactivos.

«Mensualmente, el Estado acumula una deuda de por concepto de retroactivo a favor de mis cuatro clientes. Además, las resoluciones exigen el pago de un sobre ese retroactivo», señaló Batía.

El jurista aclaró que, una vez expirado el plazo fijado en los actos, las acciones judiciales se emprenderán por rutas distintas según la naturaleza y competencia de cada responsable; al ministro de Hacienda, Magín Díaz, podría corresponder comparecer ante la Suprema Corte de Justicia, mientras que al director de Jubilaciones y Pensiones le tocaría un proceso en el Palacio de Justicia.

Los documentos de alguacil presentados evidencian cuatro «Mandamientos de pago y puesta en mora con apercibimiento de acción penal y patrimonial por inejecución de sentencia», dirigidos tanto al ministro como a la Dirección General, y fueron emitidos en favor de Manuel Emilio Pérez Suárez, Carlos Jeremías Santana Montás, Juan Bautista Moreno Castro y Leocadio Valentín Lebrón Jiménez.

«Estamos hablando de cuatro personas de la tercera edad que dedicaron más de 30 y, en algunos casos, más de 35 años de su vida al servicio del Estado. Han tenido que acudir hasta las últimas instancias judiciales para lograr el reconocimiento de sus derechos y, aun después de obtener esas sentencias, siguen sin recibir sus retroactivos. Detrás de cada expediente hay una persona que merece vivir esta etapa de su vida con dignidad y tranquilidad, sin tener que seguir luchando por lo que le corresponde», enfatizó el abogado.

Batía reiteró que, pasado el término señalado en los actos, las diligencias judiciales continuarán por cauces diferentes conforme a la condición y competencia de cada parte; el ministro de Hacienda y Economía podría ser citado ante la Suprema Corte, y el responsable de Jubilaciones y Pensiones afrontaría el proceso correspondiente en el Palacio de Justicia.

El abogado sostuvo que las decisiones ya fueron notificadas en varias oportunidades a las instituciones involucradas y que, pese a las intimaciones, no se ha logrado el cumplimiento total. Los nuevos actos otorgan un plazo de para que se dé cumplimiento a las sentencias señaladas en cada expediente.

Entre las resoluciones citadas se encuentran la sentencia correspondiente a Santana Montás, cuyo recurso de casación fue rechazado mediante el expediente 0030-1643-2025-SSEN-00286; la sentencia vinculada a Moreno Castro, cuyo recurso de casación también fue rechazado; la sentencia 0030-1643-2023-SSEN-00912 del caso Lebrón Jiménez, con la nueva decisión de casación indicada; y la sentencia 0030-1643-2024-SSEN-00833 para Pérez Suárez. Los ajustes fueron ordenados por el Tribunal Superior Administrativo, y las actuaciones de la Suprema Corte aludidas en los nuevos actos hacen referencia a recursos de casación.

«Hemos emitido los cuatro actos de puesta en mora y mandamiento de pago para ejecutar las sentencias. Este es el paso previo a las acciones que emprenderemos por el incumplimiento de decisiones judiciales firmes», manifestó el abogado.

Las liquidaciones incorporadas a esos cuatro actos, calculadas al para Carlos Jeremías Santana Montás; al para Leocadio Valentín Lebrón Jiménez; al para Juan Bautista Moreno Castro; y al para Manuel Emilio Pérez Suárez, suman en conjunto la cantidad de .

Batía explicó que los cuatro actos constituyen puestas en mora y mandamientos de pago con el fin de procurar la ejecución de las decisiones judiciales, y advirtió que, si persiste el supuesto incumplimiento, se considerará interponer acciones con calidad de actor civil, invocando los artículos 286 y 339 del Código Penal dominicano. La posible responsabilidad de los funcionarios y la procedencia de cualquier sanción deberán ser determinadas por los tribunales competentes.

«Estamos ante sentencias que adquirieron autoridad de cosa juzgada. No estamos solicitando un favor administrativo; estamos exigiendo el cumplimiento de decisiones de los tribunales», sostuvo.

El representante legal añadió que las diferencias reclamadas se remontan a , y que, según sus cálculos, el monto adeudado sigue aumentando cada mes.

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