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Se advierte que cualquier individuo que dañe el medio ambiente será perseguido judicialmente, y el Código Penal prevé sanciones severas de entre 20 y 30 años de cárcel.
Santo Domingo, este miércoles el Ejecutivo aprobó el decreto 615‑26, elevando a máxima prioridad nacional la lucha contra el llamado terrorismo medioambiental, y estableciendo que los ataques intencionales a parques nacionales y a recursos naturales estratégicos recibirán una respuesta firme y una persecución penal sin pausa.
Durante la presentación, realizada en el Salón Las Cariátides del Palacio Nacional, el presidente Luis Abinader definió como terrorismo medioambiental los actos que provocan la desaparición o el daño sistemático de los parques nacionales, y anunció la aplicación de medidas más rigurosas y persecuciones contundentes contra dominicanos y extranjeros que incurran en dichos delitos. A su lado asistieron el ministro Administrativo de la Presidencia, Andrés Bautista; la ministra de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Paíno Henríquez; el ministro de Defensa, teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre; el director de Migración, Luis Rafael Lee Ballester; y la subconsultora jurídica del Poder Ejecutivo, Maireni Rivas.
El mandatario resaltó que, durante décadas, los parques nacionales han carecido de la atención y garantía jurídica que el Estado debería brindar. Señaló que al iniciar su gestión constató, con sorpresa, que gran parte de esas áreas protegidas ni siquiera tenían títulos de propiedad a nombre del Estado, situación que ya se está corrigiendo mediante un proceso nacional de titulación. Asimismo advirtió que muchos de los incendios forestales más recientes, como el del Parque Nacional Bahoruco, fueron provocados por actividades ilícitas que no solo destruyen flora y fauna, sino que también ponen en riesgo el suministro de agua y la seguridad alimentaria del país.
Frente a la vulnerabilidad del marco legal anterior, que permitía la liberación temprana de infractores, el Gobierno decidió actuar con la mayor firmeza; bajo el nuevo Código Penal, los hechos que lesionen los parques nacionales estarán castigados con penas de prisión de 20 a 30 años. El presidente subrayó que se han emitido órdenes precisas a las Fuerzas Armadas, a la Dirección General de Migración y a los servicios de inteligencia, para que tanto los ejecutores materiales —gran parte de ellos de nacionalidad haitiana— como los organizadores o patrocinadores dominicanos que los contraten o envíen, reciban el mismo peso de la ley, sin excepción alguna.
Puntos Clave del Decreto Núm. 615‑26
Artículo 1 – Declaratoria de Alto Interés: prioriza la prevención, detección e investigación del terrorismo medioambiental, equiparándolo a la normativa antiterrorista vigente.
Artículo 2 – Activos Protegidos: otorga especial protección a áreas protegidas, cuencas hidrográficas estratégicas, presas, embalses, manglares, humedales y nacimientos de ríos.
Artículos 3 y 4 – Coordinación Institucional: instruye al Comité Nacional Antiterrorista, al Ministerio de Defensa, al Ministerio de Medio Ambiente, a la Policía Nacional y a la Dirección General de Migración a diseñar una política nacional de prevención y combate de incendios forestales provocados y de amenazas a la infraestructura hídrica y energética.
Artículo 5 – Persecución Penal: ordena la remisión inmediata de cualquier agresión al patrimonio ambiental al Ministerio Público para iniciar la acción penal correspondiente.
Artículo 6 – Participación Ciudadana: establece plataformas tecnológicas y canales de denuncia confidencial que garantizan la protección de los ciudadanos que colaboren de buena fe.

