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A partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes catalogados como Grandes Locales y Medianos estarán obligados a emitir sus comprobantes fiscales exclusivamente en formato digital, utilizando series con la letra “E”, según informó la Dirección General de Impuestos Internos.
La propia DGII precisó que los números de serie tradicionales, tipo “B”, que fueron asignados previamente a estos sujetos, dejarán de ser válidos desde el 31 de octubre de 2026.
Esta disposición se sustenta en lo dispuesto por el artículo 55 del reglamento que regula la facturación electrónica en el país.
Una vez transcurrida esa fecha, el uso de comprobantes no electrónicos quedará limitado a situaciones excepcionales de contingencia, tal como establece el capítulo IX del mismo reglamento.
La autoridad tributaria manifestó que la facturación electrónica tiene como objetivo agilizar la emisión y recepción de facturas, disminuir los costos administrativos y reforzar los mecanismos de control y cumplimiento tributario.
Para facilitar la transición, la entidad ha puesto a disposición una red de 195 proveedores de servicios autorizados, los cuales ofrecen distintas soluciones tecnológicas.
Los obligados en estas categorías deberán actualizar sus sistemas de facturación antes del plazo fijado, con el fin de acatar la normativa y evitar contratiempos al generar sus comprobantes fiscales.

