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Aduanas recuerda obligación de declarar más de US$10,000 al entrar o salir de República Dominicana

by maria_lopez
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Los viajeros que ingresen o abandonen la República Dominicana portando efectivo que supere los US$10,000, o su equivalente en pesos dominicanos u otra divisa, están obligados a notificar dichos montos a la Dirección General de Aduanas (DGA). La medida busca reforzar la supervisión del flujo de dinero y garantizar su origen lícito.

De acuerdo con la normativa actual, solo los importes que excedan los US$10,000 activan la obligación de declarar; quien lleva exactamente esa suma o una cantidad menor no tiene que reportarla simplemente por superar el umbral.

Esta disposición se aplica tanto a los que llegan al país como a los que lo abandonan, por lo que cada pasajero debe revisar el efectivo que lleva antes de pasar por los puntos de control aduanero en los aeropuertos.

El hecho de declarar el efectivo no conlleva el pago de impuestos. La finalidad es que las autoridades conozcan la cantidad transportada y, cuando corresponda, puedan corroborar que provenga de fuentes legítimas.

Cuando el efectivo supera el límite establecido, el viajero debe completar el formulario correspondiente ante los funcionarios de Aduanas y presentar la documentación que acredite el origen de los fondos.

Por ejemplo, un individuo que llegue al Aeropuerto Internacional de Las Américas José Francisco Peña Gómez (AILA) con US$15,000 en efectivo no está impedido de introducir esa suma al país, pero sí tiene que declararla y podría ser solicitado a demostrar su procedencia lícita.

En cambio, quien viaje con US$9,000 está por debajo del umbral que desencadena la obligación de declarar el movimiento de efectivo.

Aunque el efectivo sea menor a US$10,000, el viajero no queda exento de inspecciones; la autoridad aduanera conserva la facultad de realizar verificaciones cuando existan motivos justificables.

En los últimos meses la DGA ha intensificado los controles en los principales puertos de entrada y salida y ha comunicado la detección de cuantías importantes que pasajeros intentaron introducir sin la declaración correspondiente.

En marzo de 2026, el organismo informó sobre casos en los que se descubrieron sumas que, al superar el umbral, debían ser declaradas ante las autoridades.

En otro episodio, la DGA notificó la captura de una cantidad no especificada en el Aeropuerto Internacional del Cibao, hecho que quedó bajo investigación de las entidades competentes.

Las autoridades subrayan que el objetivo del mecanismo no es prohibir el traslado de montos superiores a US$10,000, sino establecer un sistema de vigilancia que permita identificar grandes movimientos de efectivo y validar su origen.

Así, una persona puede viajar con US$50,000, US$100,000 o incluso más, siempre que cumpla con los requisitos de declaración y con las disposiciones exigidas por la autoridad.

El riesgo surge cuando un viajero intenta ocultar o introducir una cantidad que supera el límite sin declararla, lo que puede derivar en la retención del dinero y en investigaciones posteriores.

Esta disposición forma parte de los controles implementados en las terminales aeroportuarias dominicanas para prevenir el lavado de activos y otros delitos financieros.

Además del efectivo, la normativa aduanera contempla ciertos títulos o valores al portador; por ello, los viajeros deben informarse previamente sobre los requisitos aplicables a los bienes y valores que pretendan transportar.

La recomendación de la autoridad es clara: si el efectivo supera los US$10,000 o su equivalente en otra moneda, debe ser declarado al ingresar o salir de la República Dominicana.

La declaración en sí no constituye un impuesto ni indica que el dinero sea ilícito; se trata de un mecanismo de transparencia que permite al Estado conocer la suma transportada y, cuando sea necesario, verificar que los recursos tengan una procedencia legítima.

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